Iniciamos nombrando la existencia de la ley 1480 del 2011 Ley que tiene por objetivo proteger, promover y garantizar la efectividad y el libre ejercicio de los derechos de los consumidores.
En esta ley en el artículo 3 numeral 5 se describe el siguiente derecho:
1.5. Derecho a la reclamación: Reclamar directamente ante el productor, proveedor o prestador y obtener reparación integral, oportuna y adecuada de todos los daños sufridos, así como tener acceso a las autoridades judiciales o administrativas para el mismo propósito, en los términos de la presente ley. Las reclamaciones podrán efectuarse personalmente o mediante representante o apoderado.
Luego en el artículo 7 nos dicen que la garantía legal es:
Artículo 7°. Garantía legal. Es la obligación, en los términos de esta ley, a cargo de todo productor y/o proveedor de responder por la calidad, idoneidad, seguridad y el buen estado y funcionamiento de los productos.
Y determina términos de garantía o en otras palabras tiempos de la garantía vigente, explicados así:
- De no indicarse el término de garantía, el término será de un año para productos nuevos.
- Tratándose de productos perecederos, el término de la garantía legal será el de la fecha de vencimiento o expiración.
- Los productos usados en los que haya expirado el término de la garantía legal podrán ser vendidos sin garantía, pero debe ser informada y aceptada por escrito claramente por el consumidor, si no se informa el producto tiene garantía de tres (3) meses.
- Para los bienes inmuebles la garantía legal comprende la estabilidad de la obra por diez (10) años, y para los acabados un (1) año.
- Para mano de obra o prestación de un servicio tiene garantía de tres (3) meses, contados a partir de la entrega del bien a quien solicitó el servicio.
- El término de la garantía se suspenderá mientras el consumidor esté privado del uso del producto con ocasión de la efectividad de la garantía.
- Si se produce el cambio total del producto por otro, el término de garantía empezará a correr nuevamente en su totalidad desde el momento de reposición.
- Si se cambia una o varias piezas o partes del bien, estas tendrán garantía propia.
- Como regla general, reparación totalmente gratuita de los defectos del bien, así como su transporte, de ser necesario, y el suministro oportuno de los repuestos.
- Contar con la disponibilidad de repuestos, partes, insumos, y mano de obra capacitada, aun después de vencida la garantía.
Cuando puedes exigir cambio de producto
- Si el bien no admite reparación, se procederá a su reposición o a la devolución del dinero.
- En caso de repetirse la falla y atendiendo a la naturaleza del bien y a las características del defecto, a elección del consumidor, se procederá a una nueva reparación, la devolución total o parcial del precio pagado o al cambio parcial o total del bien por otro de la misma especie, similares características o especificaciones técnicas, las cuales en ningún caso podrán ser inferiores a las del producto que dio lugar a la garantía.
- En los casos de prestación de servicios, cuando haya incumplimiento se procederá, a elección del consumidor, a la prestación del servicio en las condiciones en que fue contratado o a la devolución del precio pagado.
Fuente: Ley 1480 del 2011
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